Derecho de representatividad sindical en el ámbito del centro de trabajo con menos de 250 trabajadores

Cuando un sindicato solo posee la representación en uno solo de los múltiples centros de trabajo de la empresa, sin que ningún centro de trabajo tenga más de 250 trabajadores, tiene derecho a la constitución de su sección sindical en el ámbito de implantación electoral y al tablón de anuncios pero no puede proceder al nombramiento de delegado sindical ni tiene derecho al uso de un local.