Grupo de sociedades a efectos del concurso

Aunque el concepto de grupo de sociedades está limitado a la relación jerárquica dominante-dominada, las previsiones de la Ley Concursal relativas al grupo de sociedades son también aplicables cuando las sociedades involucradas son todas ellas filiales o dominadas.

Grupo de sociedades a efectos del concurso

Si existe control, en el sentido del CCom art.42.1, para que exista un grupo societario a efectos de la Ley Concursal, es indiferente que en la cúspide del grupo se encuentre una sociedad mercantil (que tendría la obligación contable de formular cuentas anuales e informe de gestión consolidados) o algún otro sujeto (persona física, fundación, etc.) que no tenga esas obligaciones contables.