Entidades en régimen de arrendamiento de viviendas

Las viviendas que en el período 2013 cumplan con el requisito de haber estado arrendadas u ofrecidas en arrendamiento durante al menos tres años, a contar desde la fecha de inicio del período impositivo en que se comunicó la opción por el régimen o desde la fecha en que fueron arrendadas por primera vez, según corresponda, y el resto de requisitos exigidos para poder aplicar el régimen fiscal especial, se pueden transmitir sin que ello implique la pérdida de las bonificaciones previamente disfrutadas.

IS. Entidades en régimen de arrendamiento de viviendas. Aplicación de los nuevos requisitos

Las viviendas que en el período 2013 cumplan con el requisito de haber estado arrendadas u ofrecidas en arrendamiento durante al menos tres años, a contar desde la fecha de inicio del período impositivo en que se comunicó la opción por el régimen o desde la fecha en que fueron arrendadas por primera vez, según corresponda, y el resto de requisitos exigidos para poder aplicar el régimen fiscal especial, se pueden transmitir sin que ello implique la pérdida de las bonificaciones previamente disfrutadas.