El requisito de mantenimiento de la adquisición durante el plazo legalmente establecido, se entiende cumplido cuando se mantiene el valor de adquisición sobre el que se practicó la reducción. En el supuesto de transmitir a terceros las participaciones adquiridas, se exige la reinversión y materialización inmediata del importe obtenido. Es por ello que este requisito se entiende cumplido, si la reinversión se realiza mediante la adquisición de la vivienda en la escritura de compraventa de forma inmediata, pero no si la reinversión se realiza mediante entregas a cuenta de cantidades a una promotora con el objeto de adquirir una vivienda en e l futuro.
Con ocasión de la donación de participaciones en el capital de una entidad mercantil, el momento en que debe determinarse la realización de las funciones retribuidas del donatario para disfrutar de la reducción en la base imponible, para determinar la liquidable, es el momento en que se produce la donación.
En Asturias se introducen ciertas modificaciones en relación a las reducciones por la adquisición mortis causa e inter vivos de empresas individuales, negocios profesionales o participaciones en entidades por herederos con grado de parentesco con el causante o con el donante.
Se introducen determinadas modificaciones técnicas en algunas reducciones aplicables en este impuesto.
Se introducen mejoras en las reducciones aplicables al impuesto que, entre otras materias, afectan a las adquisiciones de fincas rústicas, al impulso de la actividad empresarial y al acceso a la vivienda.
Se introducen modificaciones en las reducciones aplicables en el ISD para favorecer la transmisión tanto inter vivos como mortis causa de empresas individuales, negocios profesionales o participaciones en entidades en esta CA.
Con efectos a partir del 1-1-2014, se flexibilizan los requisitos exigidos para aplicar la desgravación del 99%, en la transmisión de empresas familiares tanto por herencia como por donación.