Reducción del número mínimo de jornadas reales cotizadas para acceder al subsidio por desempleo o a la renta agraria (RS 51/20 15 de Diciembre de 2020 al 21 de Diciembre de 2020)

A partir del 27-2-2020 y hasta el 31-12-2020 se reduce de 35 a 20 el número mínimo de jornadas reales cotizadas para que los trabajadores agrarios por cuenta ajena de carácter eventual puedan acceder al subsidio agrario por desempleo y a la renta agraria en la Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura.

Subsidio por desempleo o renta agraria para trabajadores eventuales agrarios afectados por lluvias torrenciales

Reducción del número mínimo de jornadas reales cotizadas para acceder al subsidio por desempleo o a la renta agraria a favor de los trabajadores eventuales agrarios afectados por las lluvias torrenciales en determinadas zonas de Andalucía.

Reducción del número mínimo de jornadas reales cotizadas para acceder al subsidio por desempleo o a la renta agraria

Con carácter transitorio y excepcional, se sitúa en 20 el número de jornadas reales cotizadas exigidas a los trabajadores eventuales agrarios que residan en el ámbito territorial de Andalucía y Extremadura para poder acceder al subsidio por desempleo o a la renta agraria