El plazo de seis meses establecido para la retroacción, solo se aplica a los supuestos de remisión del tanto de culpa al Ministerio Fiscal cuando previamente se haya decretado una ampliación del plazo de duración de las actuaciones inspectoras.
Para que una dilación pueda imputarse al obligado tributario, además de tener cobertura legal, ha de estar motivada.
Para que una dilación pueda imputarse al obligado tributario, además de tener cobertura legal, ha de estar motivada.
Para que una dilación pueda imputarse al obligado tributario, además de tener cobertura legal, ha de estar motivada.
Para que una dilación pueda imputarse al obligado tributario, además de tener cobertura legal, ha de estar motivada.
Para que una dilación pueda imputarse al obligado tributario, además de tener cobertura legal, ha de estar motivada.
Para que una dilación pueda imputarse al obligado tributario, además de tener cobertura legal, ha de estar motivada.
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