Prestaciones por cese de actividad a consecuencia del COVID-19 en el IRPF de Gipuzkoa (RF 24/21 15 de Junio de 2021 al 21 de Junio de 2021)

Se califican como rendimientos de actividades económicas las prestaciones percibidas por el trabajador autónomo por el cese de su actividad como consecuencia de las medidas de contención de la propagación del coronavirus.

Medidas adicionales en el IRPF de Gipuzkoa a consecuencia del coronavirus (RF 42/20 13 de Octubre de 2020 al 19 de Octubre de 2020)

Se declaran exentas las prestaciones percibidas en concepto de ingreso mínimo vital así como también ciertas ayudas públicas dirigidas a paliar los efectos del coronavirus. Se exonera a los contribuyentes que desempeñan actividades económicas, de autoliquidar e ingresar el tercer pago fraccionado del año 2020.