Se realizan determinados ajustes en el régimen fiscal de cooperativas de Bizkaia para compatibilizar la nueva normativa sustantiva de las cooperativas y su tratamiento tributario.
Con el objetivo de impulsar la recuperación económica se modifican aspectos relativos a las obligaciones de información, recaudación, inspección e infracciones y sanciones.
No están sujetas las primas satisfechas a los seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa o de gran dependencia, suscritos por personas que ejerzan respecto del contribuyente la curatela con facultades de representación.
Se aclara cómo deben acreditar las entidades sin fines lucrativos el derecho a la exención y se incluyen dos nuevas exenciones objetivas en el ITP y AJD.
Se modifica el tipo de gravamen en el Impuesto Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana, estableciendo que este no puede exceder del 30%.
Se modifica el calendario de implantación de TicketBAI y se determinan los supuestos en los que se exime del cumplimiento de la obligación, creándose adicionalmente, una deducción excepcional.
Se aprueban en Araba los modelos 200 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en Araba para el período impositivo 2021.
Se adapta la normativa foral a la modificación realizada en la LIVA, por la que se cambia el tratamiento fiscal que reciben en este impuesto las donaciones de productos a las entidades sin fines lucrativos, siempre que estas entidades destinen estos productos a sus fines de interés general.
Se establece la presentación mediante formulario web en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia del modelo 303 de autoliquidación del IVA.
Se aprueban en Bizkaia los modelos 200 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR con establecimiento permanente y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en ese territorio para 2021.