Para determinados obligados tributarios afectados por la DANA se extienden hasta el 5-2-2025 los vencimientos de los plazos de pago en período voluntario y ejecutivo, así como los vencimientos de los plazos de ingreso y de las fracciones de los acuerdos de aplazamiento y fraccionamiento concedidos, que no hayan concluido a fecha 7-11-2024.
Se amplían hasta el 30-1-2025 los plazos para contestar requerimientos, efectuar alegaciones y presentar recursos.
Como consecuencia de las graves inundaciones provocadas por la DANA entre el 28-10-2024 y el 4-11-2024, se aprueba la exención de las cuotas del IBI para determinados inmuebles.
Entre las medidas adoptadas como consecuencia de la DANA sufrida en diferentes municipios, en materia catastral se han flexibilizado los plazos para cumplir con ciertas obligaciones y trámites catastrales, y se ha declarado exenta de la tasa de acreditación catastral, la expedición por la DG Catastro de algunas certificaciones sobre inmuebles.
Entre las medidas tributarias aprobadas como consecuencia de los daños ocasionados por el fenómeno DANA, se recoge una nueva exención aplicable en la modalidad AJD del impuesto en relación con la formalización de las moratorias de los préstamos y créditos.