Procedimiento de comprobación de valores en operaciones vinculadas

Se establece como criterio en unificación de doctrina que aunque la normativa del IS contiene especialidades procedimentales en la regulación de las operaciones vinculadas para la comprobación de valores iniciada respecto de uno solo de los obligados tributarios que es parte de la operación, siguiendo las normas generales del procedimiento inspector pueden desarrollarse simultáneamente procedimientos de comprobación inspectora respecto de todos los obligados tributarios en los que se compruebe el valor de mercado de la operación.