Valor probatorio de los tiques o comprobantes de pago en que no aparecen los datos del receptor a efectos de acreditar residencia (RF 03/24 16 de Enero de 2024 al 22 de Enero de 2024)

El TEAC rechaza el valor justificativo de los tiques o justificantes de pago realizados en efectivo como prueba documental de una presencia certificada ya sea en España o en otra jurisdicción, al no acreditar fehacientemente que el obligado tributario estuvo en un país determinado.

Teletrabajo desde el extranjero para una empresa situada en España (RF 02/24 09 de Enero de 2024 al 15 de Enero de 2024)

Un residente en Italia que teletrabaja para una empresa española, tributará en España por el IRNR, por las rentas que obtenga como consecuencia de los servicios que requieran su desplazamiento a España y sean prestados físicamente en dicho territorio.

Modificación del modelo de autoliquidación 210 (RF 50/23 12 de Diciembre de 2023 al 18 de Diciembre de 2023)

Con entrada en vigor 16-12-2023, se mejora la gestión del modelo de autoliquidación 210 del IRNR cuando las rentas declaradas sean rendimientos derivados del arrendamiento de inmuebles y se introducen algunas modificaciones de carácter eminentemente técnico.

Remuneraciones de una empresa residente a consejeros no residentes con cargo a su sucursal no residente (RF 43/23 24 de Octubre de 2023 al 30 de Octubre de 2023)

Las remuneraciones que una entidad residente en España satisface a los consejeros ejecutivos no residentes, con cargo a su establecimiento permanente no residente, no resultan sujetas a retención en España.

Lista europea de jurisdicciones no cooperativas (RF 42/23 17 de Octubre de 2023 al 23 de Octubre de 2023)

Se actualizan las conocidas como lista negra y lista gris de la Unión Europea de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales.

Acreditación del cambio de residencia fiscal al extranjero (RF 39/23 26 de Septiembre de 2023 al 02 de Octubre de 2023)

El traslado del domicilio a la sede de la organización internacional donde se prestan servicios no determina que se adquiera la residencia fiscal allí, siendo preciso que el empleado quede sometido a imposición por obligación personal en dicho país.

Nuevo criterio del Tribunal Supremo sobre la cláusula antiabuso de la exención de la Directiva matriz-filial (RF 36/23 05 de Septiembre de 2023 al 11 de Septiembre de 2023)

El TS fija como doctrina que la carga de la prueba del abuso en relación con la exención de beneficios distribuidos por filiales españolas corresponde a la Administración, pues si la autoridad fiscal del Estado de la fuente se propone denegar la exención a una sociedad que ha satisfecho dividendos a una sociedad residente en otro Estado, basándose en la existencia de una práctica abusiva, le corresponde demostrar que concurren los elementos constitutivos de tal práctica, teniendo en cuenta las circunstancias pertinentes, en particular, el hecho de que la sociedad a la que se pagaron los dividendos no era el beneficiario efectivo de estos.

Remuneraciones percibidas por un no residente por virtud de un acuerdo de prejubilación (RF 30/23 25 de Julio de 2023 al 31 de Julio de 2023)

No se debe confundir la prejubilación, consistente en una mera suspensión del contrato hasta que se produce la extinción de la relación laboral, con la jubilación anticipada, por lo que las cantidades percibidas en el marco de esa situación de empleo especial constituyen rentas del trabajo.

Establecimiento permanente y agente dependiente de una entidad no residente (RF 28/23 11 de Julio de 2023 al 17 de Julio de 2023)

Si la filial española vendiera los productos por cuenta de la sociedad danesa, esta última tendría un agente dependiente en España, lo cual constituiría un establecimiento permanente de dicha empresa en este país.

Residencia fiscal de un trabajador que desarrolla su trabajo en el extranjero pero el pagador es residente en España (RF 27/23 04 de Julio de 2023 al 10 de Julio de 2023)

En la medida en que los rendimientos satisfechos derivan de trabajos que no han sido prestados en España, las retribuciones satisfechas por la entidad pagadora, aunque esta sea residente en España, no se consideran como obtenidas en territorio español por lo que quedarán no sujetas a imposición en España en concepto del IRNR.