Contractualización del convenio tras el fin de la ultraactividad
Hasta la firma del nuevo convenio colectivo ha de aplicarse íntegra y no selectivamente el texto del convenio cuya ultraactividad ha finalizado.
Hasta la firma del nuevo convenio colectivo ha de aplicarse íntegra y no selectivamente el texto del convenio cuya ultraactividad ha finalizado.
Pese a que la cláusula de incremento salarial es parte del contenido normativo del convenio, en ella se expresa una indudable limitación temporal que impide que se extiendan los incrementos pactados durante el periodo de ultraactividad.
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