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Con efectos a partir del 1-6-2020, se amplía hasta el 30-9-2020, inclusive, el plazo voluntario de presentación de las declaraciones y de las autoliquidaciones del ISD y del ITP y AJD para los contribuyentes que no están obligados a presentarlas telemáticamente, cuando dicho plazo finalice entre el 16-3-2020 y el 30-9-2020, con objeto de que puedan planificar sus presentaciones hasta esa fecha, en un escenario en el que los servicios de atención presencial van a estar funcionando a un menor ritmo del habitual.OF Bizkaia 1031/2020EDL 2020/13789 art.único, BOTHB 1-6-20
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