Inadecuación de procedimiento de conflicto colectivo
Cuando el traslado afecta a un grupo concreto de trabajadores no se puede hablar de un interés general y abstracto, de modo que, en estos casos, sólo cabe el procedimiento de conflicto colectivo cuando se trata de traslados colectivos conforme al ET art.40.2, es decir, cuando en un período de 90 días comprenda a un número de trabajadores de, al menos 10 trabajadores, en las empresas que ocupen menos de 100 trabajadores; el 10% del número de trabajadores en aquellas que ocupen entre 100 y 300 trabajadores ó 30 trabajadores en las empresas que ocupen más de 300.