Impugnación de acuerdos sociales
Por exigencias del principio de seguridad jurídica y de respeto de los derechos de los terceros de buena fe, la anulación del acuerdo de elección del presidente de una asociación y de los acuerdos aprobados en las asambleas generales no afectará a los derechos adquiridos por terceros de buena fe a consecuencia de los acuerdos impugnados o de los negocios jurídicos celebrados con quien aparecía como presidente de la asociación.