Al haberse aprobado en el ámbito estatal la supresión del IVMDH y su integración en el Impuesto sobre Hidrocarburos desde el 1-1-2013. diversas Comunidades Autónomas han modificado su normativa con el fin de adaptarla a la normativa estatal.
Desde el 1-11-2012, en Murcia se han aumentado los tipos de gravamen autonómicos de ciertos combustibles y se ha establecido el tipo autonómico de devolución del gasóleo de uso profesional.
Con efectos para los hechos imponibles devengados desde el 1-5-2012, la Comunidad Autónomas de las Islas Baleares ha regulado el tipo de gravamen autonómico de ciertos combustibles y el tipo autonómico de devolución del gasóleo de uso profesional, en los mismos términos en los que se regularon por el DL Baleares 4/2012, que ahora se deroga.
La Comunidad Autónoma de Andalucía ha regulado los tipos de gravamen autonómicos, si bien en los mismos términos que, con efectos desde el 23-6-2012, los reguló el DL Andalucía 1/2012.
En la Comunidad Autónoma de Extremadura, se fijan los nuevos tipos de gravamen autonómicos del impuesto, se regula la devolución parcial de las cuotas del gasóleo de uso profesional y, por último, se exige la presentación de declaraciones informativas relativas a este impuesto.
La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha ha modificado el tipo de gravamen autonómico de ciertos combustibles y ha regulado el tipo autonómico de devolución del gasóleo de uso profesional.
Con efectos para los hechos imponibles devengados desde el 1-5-2012, la Comunidad Autónomas de las Islas Baleares ha regulado por primera vez el tipo de gravamen autonómico de ciertos combustibles.