Exención de los vuelos de conexión interiores en los servicios de transporte internacionales

La exención prevista para el transporte de viajeros y sus equipajes por vía aérea procedente de o con destino a un aeropuerto situado fuera de TIVA, es susceptible de alcanzar a los vuelos de conexión interiores siempre que se trate de un único servicio.

Franquicias y exenciones en régimen diplomatico, consular y de organismos internacionales

Se revisa la normativa que rige estas franquicias y exenciones para adaptarla a las modificaciones introducidas en la normativa de la UE y a los convenios internacionales firmados por España.

Obligación de identificación del comprador en ventas a miembros de la UE

Como regla general, no es necesario la consignación del DNI o equivalente del particular no residente, en las facturas emitidas por la entidad residente en TIVA por las operaciones de las que es destinatario ese cliente.