Exención aplicable a los vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad

El grado de discapacidad se puede acreditar mediante la presentación de la tarjeta acreditativa del mismo expedida por la Comunidad Autónoma, al tratarse de un documento sustitutivo de la resolución por la que se reconoce dicho grado de discapacidad que tienen validez en todo el territorio del Estado.