Para una mayor seguridad jurídica de los empresarios o profesionales, con efectos desde el 1-1-2013 se aclaran los casos en los que se deben aplicar las normas de facturación establecidas en el nuevo Rgto Fac/2012. Desde la misma fecha, se exceptúan de la obligación de expedir factura determinadas prestaciones de servicios financieros y de seguros.
Con efectos desde el 1-1-2013, con la finalidad de facilitar la gestión administrativa de los sujetos pasivos, se ha modificado el plazo aplicable para la expedición de facturas en las operaciones efectuadas para otros empresarios o profesionales.
Con efectos desde el 1-1-2013, se establece un sistema de facturación basado en dos tipos de facturas: la factura completa u ordinaria y la factura simplificada, que viene a sustituir a los denominados tiques.
Con efectos desde el 1-1-2013, se han aprobado una serie de modificaciones con el fin de simplificar el procedimiento para la expedición de factura por el destinatario o un tercero.