Condiciones de entrada y estancia de los nacionales de terceros países para fines de empleo como trabajadores temporeros

La nueva Directiva tiene por objeto garantizar unas condiciones dignas de trabajo y de vida para los trabajadores temporeros, mediante el establecimiento de normas de admisión y estancia y la definición de los derechos de dichos trabajadores, sin dejar por ello de ofrecer al mismo tiempo incentivos y salvaguardias para evitar que la estancia temporal se prolongue más de lo permitido o se convierta en permanente.