Exención en el IMT de automóviles afectos al ejercicio de actividades de alquiler (RF 37/20 08 de Septiembre de 2020 al 14 de Septiembre de 2020)
La DGT analiza la incidencia en el IMT de la actividad de una sociedad no residente en España, dedicada a la actividad de alquiler de vehículos sin conductor, que pretende iniciar su actividad en España arrendando sus vehículos matriculados en su país de residencia.