Respecto de aquellas personas o entidades que tienen obligación mensual de presentar la declaración y realizar el ingreso correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, se elimina, desde el 1-1-2014, el plazo excepcional que existía en relación con la declaración e ingreso correspondiente al mes de julio.
Se modifica la regulación del RIRPF respecto a la toma en consideración de la deducción por inversión en vivienda a efectos de la determinación de los pagos a cuenta, con objeto de adecuarlos al régimen transitorio de la deducción; asimismo, respecto de aquellas personas o entidades que tienen obligación mensual de presentar la declaración y realizar el ingreso correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, se elimina el plazo excepcional que existía en relación con la declaración e ingreso correspondiente al mes de julio.
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