Con efectos aplicables a las cuentas anuales de los ejercicios iniciados a partir del 1-1-2020, la Resolución señalada recoge las disposiciones relativas a la contabilidad de la adquisición y enajenación de acciones y participaciones propias o de la sociedad dominante, y de los compromisos de adquisición (contratos a plazo) sobre los propios instrumentos de patrimonio de la empresa.
Con efectos aplicables a las cuentas anuales de los ejercicios iniciados a partir del 1-1-2020, se aprueba un desarrollo reglamentario del PGC y del PGC PYMES en materia de presentación de instrumentos financieros y de las implicaciones contables de la regulación mercantil sobre las aportaciones sociales, las operaciones con acciones y participaciones propias, la aplicación del resultado, el aumento y reducción del capital y, en general, otros aspectos contables relacionados con la regulación mercantil de las sociedades de capital.
Con efectos aplicables a las cuentas anuales de los ejercicios iniciados a partir del 1-1-2020, introduce una definición de beneficio distribuible que permita conciliar las magnitudes contables con las que se utilizan a efectos mercantiles para determinar la base de reparto a los socios, y poder evaluar si después del acuerdo de distribución el patrimonio neto es inferior al capital social.
Con motivo del desarrollo reglamentario del PGC y del PGC PYMES aprobado, se perfila el tratamiento contable de todas las aportaciones sociales, incluyendo aquellas distintas a las aportaciones al capital, y en particular cuando surten efectos estas operaciones. También se recogen cuestiones contables específicas en materia de prestaciones accesorias, usufructo de acciones y cuentas en participación.
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