A raíz de una inspección se discute, entre otras cuestiones, si determinadas operaciones constituyen gastos o mayor valor de las existencias de una inmobiliaria. Al respecto la AN entiende que:
a) Los gastos de intermediación no pueden considerarse mayor valor de las existencias. Se trata de gastos que no se recogen de forma expresa en la regulación de las existencias del PGC de las empresas inmobiliarias (OM 28-12-1994 NV 13ª), por lo que hay que acudir al concepto de precio de adquisición (OM 28-12-1994 NV 2ª), que no recoge los gastos de intermediación como gastos necesarios para que el inmovilizado se integre en el proceso productivo de la empresa vía amortización.
b) Los trabajos de fontanería y suministro de material no son meras obras de sustitución de piezas o canalizaciones, sino gastos adicionales en los que se incurre antes de que el inmueble estuviera en condiciones de venta, por lo que son mejoras.
c) Las indemnizaciones a arrendatarios, cuando representen la extinción de un derecho sobre un bien inmueble que limite su plena propiedad, supone un incremento de las posibilidades del mismo por su propietario, así como un aumento de su potencial rentabilidad financiera.
Sin embargo sí son gastos del ejercicio los derivados de indemnizaciones por la resolución del contrato de trabajo que daba derecho al uso de la vivienda, y la abonada por los perjuicios causados en la ejecución de obras en dicho inmueble.
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