Para los años 2012 y 2013, se establece en el 21% (antes, el 19%) el tipo de gravamen aplicable a las siguientes rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente:
1º. Dividendos y otros rendimientos derivados de la participación en los fondos propios de una entidad.
2º. Intereses y otros rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios.
3º. Ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de transmisiones de elementos patrimoniales.
Asimismo, durante los años mencionados el tipo de gravamen general del impuesto (el aplicable para toda clase de rendimientos, salvo que estos tributen a tipos especiales) se establece en el 24,75% (antes, el 24%).
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