Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Tipo impositivo en leasing de viviendas dedicadas al arrendamiento (RF 35/25 26 de Agosto de 2025 al 01 de Septiembre de 2025)

3 
En este caso una entidad formaliza un contrato de arrendamiento financiero con opción de compra sobre un inmueble integrado por viviendas y locales. Sobre este servicio se le gira el tipo impositivo del 21%.En desacuerdo, solicita devolución de ingresos indebidos de las cuotas del impuesto, al entender que el tipo a aplicar sobre las contraprestaciones del arrendamiento de vivienda con opción a compra tendría que haber sido del 10% (LIVA art.79.Dos y 91.Uno.2.11º). La AEAT desestima la solicitud y considera que la aplicación del tipo del 21u202f% es correcta, ya que el inmueble se destina al subarriendo a terceros (DGT CV 28-12-17V3306-17).Al igual que la AEAT, el TEAC desestima el recurso interpuesto por el contribuyente contra el acuerdo de resolución. En sus argumentos para justificar esta decisión recuerda:1. El carácter excepcional de los tipos impositivos reducidos, y en el caso de edificios utilizados como vivienda, la necesidad de analizar el destino legal posible, sin que sea suficiente que concurra esa aptitud en función de las características objetivas de diseño y construcción del edificio (TS 25-4-16, EDJ 44987).2. La aplicación del tipo reducido está condicionada al destino exclusivo a vivienda por el propio destinatario de la operación. Si el arrendatario subarrienda, el destino es una actividad económica de cesión a terceros, lo que excluye el tipo reducido.TEAC 19-6-25EDD 2025/657165

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).