Para los períodos impositivos iniciados dentro de los años 2009, 2010 y 2011 se estableció un tipo de gravamen reducido para las empresas que cumpliesen una serie de requisitos relativos al importe neto de la cifra de negocios, la plantilla media y el tipo de gravamen (ver nº 3994 s. Memento Fiscal 2011).
Aunque su vigencia finalizaba para períodos impositivos iniciados después del 31-12-2011, se ha prorrogado para los iniciados en 2012 en los mismos términos que los previstos para los períodos impositivos iniciados en el año 2011.
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