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Con efectos desde el 6-2-2021, se mantiene durante el 2021 el tipo de gravamen reducido del 0,1% aplicable a las escrituras públicas que documenten las adquisiciones de inmuebles destinados a vivienda habitual del sujeto pasivo, siempre que el devengo del hecho imponible se produzca entre el 1-1-2021 y el 31-12-2021, se trate de viviendas con protección pública y calificadas comoviviendas medias y se cumplan los requisitos previstos para la aplicación del tipo de gravamen reducido a la adquisición de la vivienda habitual recogida en elDLeg Extremadura 1/2018 art.47.L Extremadura 1/2021 disp.adic.2ª y disp.final 3ª, DOE 5-2-21
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