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Software garante para la implementación del Proyecto Batuz en Bizkaia (RF 52/20 22 de Diciembre de 2020 al 28 de Diciembre de 2020)

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Se han detectado algunos errores e imprecisiones desde el punto de vista técnico en la orden foral por la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas del software garante y la declaración de alta en el registro de software garante (OF Bizkaia 1482/2020). A través de la presente orden foral se procede a su subsanación.Con efectos a partir del 1-1-2022:a) Tiene la consideración de dispositivo de facturación, el dispositivo desde el que se accede al software garante, independientemente de que dicho dispositivo acceda a un servidor remoto para el funcionamiento del software. En arquitecturas distribuidas, el dispositivo sería el cliente.b) En cuanto al fichero de anulación de operación con software garante se establece lo siguiente:Para los casos en los que sea necesario anular una factura o justificante, se debe genera un fichero informático denominado «Fichero de anulación de operación con software garante», con el contenido y con las características que se especifican en la OF Bizkaia 1482/2020 anexo II, y el formato y diseño que consten en la Sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia en Internet, que debe incluir la siguiente información:- NIF y nombre y apellidos, razón o denominación social completa de la persona o entidad emisora de la factura o justificante;- el número y, en su caso, la serie de la factura o justificante anulada y la fecha de expedición de la factura anulada;- la siguiente información del software garante que genera el fichero: el nombre, el NIF y nombre y apellidos, la razón o denominación social completa de la persona o entidad desarrolladora, y la licencia asignada por la Diputación Foral de Bizkaia o, en su caso, por la Diputación Foral de Álava o por la Diputación Foral de Gipuzkoa. Esta información debe coincidir con la facilitada en el alta en el registro de software garante al que se refiere el DF Bizkaia 205/2008 art.10. Asimismo, se debe incluir el código de la versión del software garante.c) En cuanto al código identificativo y código QR de las facturas o justificantes generadas por los software garantes, se establece que las facturas o justificantes de la entrega de bienes o de la prestación de servicios generadas por los softwares garantes deben incluir un código identificativo y un código QR generados de acuerdo con las especificaciones establecidas en OF Bizkaia 1482/2020 anexo IV y V.OF Bizkaia 1482/2020 art.2 último párrafo, art.4, 6.1, anexo I, II y V redacc OF Bizkaia 2170/2020EDL 2020/40814, BOTHB 23-12-20

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