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De manera voluntaria, y una vez recibida la notificación de una propuesta de sanción tributaria o de recargo e intereses de demora, los contribuyentes pueden acceder a la Sede Electrónica de la AEAT, apartado Mis Expedientes, para dar su , donde van a encontrar tres opciones, que se van a ir habilitando progresivamente a media que se vayan utilizando cada una de ellas:1ª. Prestar la conformidad expresa a la propuesta recibida, en cuyo caso se va a generar una diligencia de prestación de dicha conformidad.2ª. Generar y recoger de manera inmediata la resolución del procedimiento, obteniendo con ello la carta de pago de la sanción, el recargo o los intereses de demora. Como particularidad, esta opción solo está disponible en los que previamente se haya prestado la conformidad en sede y no supongan alteración de los plazos de pago y de recurso.3ª. Para quien haya hecho uso de las dos primeras, utilizar un acceso a los servicios que ofrece la AEAT en sede electrónica para realizar el pago de la deuda (adeudo en cuenta y pago con tarjeta crédito/débito), con posibilidad de visualizar y descargar el justificante del pago.En el propio texto de la propuesta se recoge la información al contribuyente de la existencia de este servicio y dónde está disponible.
AEAT 29-5-24EDC 2024/567448NOTA1) Para acceder al servicio es necesario disponer de Cl@ve Móvil, certificado digital o DNI electrónico.2) Si no se opta por este servicio a través de la sede electrónica, el procedimiento sigue los plazos habituales de resolución.
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