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Senderos turísticos y deportivos. Murcia

Los senderos e itinerarios señalizados han de ser considerados como instalaciones deportivas para uso deportivo, recreativo, educativo, cultural, turístico y de esparcimiento en la naturaleza. Se crea la Red y el registro de senderos señalizados de la Región de Murcia.
En su regulación han de compatibilizarse los preceptos establecidos en la normativa de medio ambiente, ordenación del territorio y fomento que se aplican en el espacio por el que transcurren los senderos con la finalidad de conseguir los siguientes objetivos:
– facilitar la práctica de actividades físicas saludables no motorizadas promoviendo la conservación de los recursos naturales y culturales, recuperando y conservando el patrimonio vial tradicional y su entorno;
– facilitar el disfrute del medio natural y rural a personas de cualquier condición física o social, como medio para concienciar de la necesidad de su conservación y uso como espacio deportivo y recreativo, conociendo y protegiendo los valores del patrimonio cultural y natural;
– recuperar, conservar y proteger el patrimonio viario tradicional e histórico comprendiendo los valores del patrimonio tangibles y no tangibles;
– promover el disfrute y conocimiento respetuoso de la naturaleza y del medio rural como espacio deportivo, turístico, cultural, educativo y recreativo en cualquier época del año;
– fomentar la integración de los senderos señalizados en las redes nacionales e internacionales;
– homogeneizar la señalización de todas las vías, caminos y senderos aptos para la práctica de actividades físico-deportivas en el medio natural y rural.
Los senderos señalizados de la Región de Murcia se organizan en:
Senderos pedestres: concebidos para recorridos a pie, sea cual sea la actividad que se persiga o finalidad de la misma.
• Senderos para bicicleta: destinados a la práctica de la bicicleta por viales para ser recorridos, cualquiera que sea la actividad que se persiga o finalidad de la misma.
• Senderos ecuestres: destinados a competiciones, paseos o rutas ecuestres;
• Senderos combinados de las modalidades anteriores cuando reúna las condiciones ambientales y de capacidad de carga necesarias según los informes técnicos preceptivos y el de homologación.
La señalización del uso al que está destinado el sendero tiene el carácter de mera recomendación no excluyente y todos los senderos pueden ser utilizados por cualquier usuario con independencia del uso al que esté destinado, sin perjuicio de las restricciones establecidas en otros textos normativos.
La consejería competente en materia de deporte de la Región de Murcia tiene competencia para la autorización de los senderos de uso público en la Región incluyendo:
– el fomento de la práctica de actividades físico deportivas saludables en el entorno natural y rural;
– autorizar la homologación de los diferentes tipos de itinerarios de uso no motorizado una vez cumplidos los trámites que se determinan en la ley y en su desarrollo posterior;
– coordinar las actuaciones relativas a los senderos temáticos que realicen otros órganos que puedan resultar competentes en la materia y que deseen que sean certificados y homologados;
– revocar la autorización de los senderos señalizados cuando no se cumplan las condiciones para los que sean creados;
– gestionar la Red y el registro de senderos señalizados de la Región de Murcia;
– la adopción de medidas jurídicas y otro tipo de actuaciones que garanticen la libre circulación en los senderos autorizados; y
– cuantas otras funciones sirvan para el desarrollo o consecución de los objetivos y finalidades previstas siempre que no estén expresamente atribuidas a otros órganos o entidades.
En las tareas de colaboración en la gestión de la Red y del Registro de senderos señalizados pueden participar diversas entidades que dispongan de un sistema de certificación reconocido a nivel autonómico, estatal o internacional, siempre para viales no motorizados, en el medio natural y rural; pueden colaborar también las federaciones deportivas y cualquier entidad en la que se deleguen funciones.

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