Se mantienen en la misma cuantía el SMI de 2011 para el 2012, de manera que durante el período comprendido entre el 1-1-2012 y el 31-12-2012, las cuantía aplicables son:
SMI diario………………………………………………………………………………………………… 21,38 €
SMI mensual ……………………………………………………………………………………………. 641,49 €
SMI anual a efectos de compensación y absorción ……………………………………….. 8.979,60 €
SMI jornada legal en actividad para trabajadores eventuales y temporeros ………. 530,39 €
SMI hora de empleados de hogar ………………………………………………………………… 5,02 €
La única modificación respecto al año anterior es la referencia a la regulación de la relación laboral especial del servicio del hogar familiar que corresponde al RD 1620/2011, especificándose que toma como referencia para la determinación del salario mínimo de los empleados de hogar que trabajen por horas, en régimen externo y que incluye todos los conceptos retributivos
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