A través del D C.Valenciana 119/2018, por el que se establece un nuevo Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico que deroga el D C.Valenciana 176/2016, se creó el Jurat Economicoadministratiu, como órgano de revisión económico administrativo. Ahora se regulan, de modo específico, su composición, organización y funciones.
Se define como un órgano administrativo colegiado, de elevada especialización, que depende directamente de la persona titular de la conselleria competente en materia de hacienda. Resuelve conforme a derecho y en única instancia, de manera unipersonal o en pleno, las reclamaciones económico-administrativas que se interpongan, en materia de tributos propios, contra los actos administrativos tributarios y determinadas actuaciones de los particulares en materia tributaria susceptibles de reclamación; así como contra las actuaciones realizadas por la Agencia Tributaria Valenciana que determine la legislación vigente (D C.Valenciana 60/2019 art.2 y 3).
En su composición está constituido por la persona titular de la presidencia, una o varias personas titulares de las vocalías y por la persona titular de la secretaría, todas ellas con voz y voto.
Realiza sus funciones de conformidad con el ordenamiento jurídico y ejerce sus competencias en base a los principios de imparcialidad, independencia funcional, celeridad y gratitud. Su criterio reiterado vincula a los órganos de la administración tributaria y de recaudación de ingresos de derecho público de la Generalitat y entes de su administración instrumental.
Las resoluciones que se consideren de más trascendencia y repercusión serán objeto de publicación.
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