La aprobación de la Estrategia de gestión sostenible de los residuos de la Comunidad de Madrid 2017-2024 tiene como objetivo ordenar la gestión de los residuos en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Madrid elaborándose al amparo de la L 22/2011, como un instrumento básico de planificación regional que debe coordinar el conjunto de acciones que desarrollan tanto las Administraciones como los poderes públicos, los ciudadanos y las entidades privadas para asegurar la consecución de los objetivos definidos por la normativa aplicable y por el plan estatal marco de gestión de residuos (PEMAR) 2016- 2022.
La estrategia se desarrolla a través de planes de gestión específicos para cada tipo de residuo considerado, así como a través del programa de prevención de residuos de la Comunidad de Madrid y contempla variados planes de gestión destacando el plan de gestión de suelos contaminados.
Las funciones de la Estrategia están dirigidas a adoptar medidas encaminadas a prevenir la generación de los residuos y aprovechar al máximo los recursos que estos contienen y así, avanzar hacia un modelo de economía circular en la región siendo sus objetivos:
– prevenir la generación de residuos;
– maximizar la transformación de los residuos en recursos;
– reducir el impacto ambiental asociado con carácter general a la gestión de los residuos;
– fomentar la utilización de las mejoras técnicas disponibles; y
– definir criterios para el establecimiento de las infraestructuras necesarias y para la correcta gestión de residuos en la Comunidad de Madrid.
En la evaluación de la viabilidad de un determinado emplazamiento para la implantación de una infraestructura de tratamiento o eliminación de residuos han de tenerse en cuenta los criterios que han de ser tenidos en cuenta durante la tramitación, en su caso, del procedimiento de evaluación ambiental a que deba ser sometido el proyecto de cada instalación. Estos criterios son:
Medio físico | • Preferencia a la ubicación de nuevas instalaciones relacionadas con la gestión de residuos fuera de los espacios o ámbitos que cuentan con alguna figura de protección, a menos que su normativa específica lo permita. • Protección específica para la conservación de los espacios protegidos y los procesos ecológicos y preservación de la diversidad biológica, de especies y poblaciones de flora y fauna. • Protección del dominio público hidráulico. • Toma en consideración del paisajístico, geológico, arqueológico, histórico o cultural del emplazamiento y el impacto paisajístico de las instalaciones propuestas. • Minimizar el impacto visual de las instalaciones. • Dando prioridad a la ubicación de las nuevas instalaciones. • Minimizando las afecciones a vías pecuarias y montes de utilidad pública. • Respeto a la vegetación de porte arbóreo y arbustivo existente. • Adopción de las técnicas de construcción y los materiales necesarios para favorecer la integración paisajística de las infraestructuras e instalaciones |
Calidad ambiental y cambio climático | • Para la determinación de la idoneidad ha de tenerse en cuenta el impacto en el entorno de las emisiones a la atmósfera. • Ha de considerarse el impacto asociado a los olores que se generen en la instalación. • Minimizando el impacto asociado al ruido y a las vibraciones. • Deben preverse las medidas necesarias para reducir la dispersión de sólidos ligeros en las instalaciones. • En la construcción o mejora de infraestructuras supramunicipales para el tratamiento de residuos domésticos y comerciales. |
Otros criterios | Valoración de los análisis y evaluación de los potenciales riesgos de protección civil que se puedan presentar así como, en su caso, los planes de protección civil que puedan afectar a las infraestructuras previstas. |
Para dar un impulso a las políticas regionales en materia de residuos ha de crearse un órgano administrativo adscrito a la implantación y desarrollo de un modelo de economía circular en Madrid compatible con el medio ambiente y la calidad de vida de los madrileños. Sus funciones han de tener por objeto la prevención de la generación de residuos, el control de las actividades de gestión de los mismos, la protección del suelo y la recuperación de suelos contaminados y el fomento de la producción y el consumo sostenibles.
Las competencias de la Comunidad de Madrid en materia de inspección ambiental se ejecutan a través de los planes de inspección medioambiental.
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