Una sociedad dotó la reserva de capitalización y en el siguiente ejercicio pretende realizar una nueva dotación a dicha reserva al haber incrementado los fondos propios y cumplir los requisitos.
Se plantea si a la hora de determinar el incremento de los fondos propios para dotar una nueva reserva de capitalización, ha de tenerse en cuenta la propia reserva de capitalización dotada en el año anterior.
La AEAT entiende que la reserva de capitalización dotada sí se debe tener en cuenta a los efectos de determinar el incremento de los fondos propios y el mantenimiento del tal incremento. Es decir, la reserva de capitalización dotada forma parte de los fondos propios existentes al inicio y al final del ejercicio de la misma forma que el resto de partidas integrantes de tales fondos no excluidas a efectos de determinar su incremento y posterior mantenimiento del mismo.
NOTA
Con esta contestación de la AEAT se zanja la controversia surgida a raíz de las diferentes versiones existentes del Manual elaborado por la AEAT del IS de la declaración de los períodos impositivos iniciados dentro de 2018, ya que en una primera versión sí aparecía esta postura, en una segunda versión desapareció y finalmente, en la versión actualizada el 10-7-2019, vuelve a mantenerse esta postura.
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