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Registro de gastos devengados en ejercicios prescritos (RF 46/25 11 de Noviembre de 2025 al 17 de Noviembre de 2025)

El que se puedan recalificar acontecimientos o hechos ocurridos en años anteriores, con el límite de los diez años, no permite a la Administración alterar la deuda tributaria de esos ejercicios si ya estuviera prescrita, por la máxima temporal de los cuatro años.

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