Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Régimen de actuaciones realizadas por medios electrónicos, informáticos y telemáticos que correspondan a la Dirección General de Tributos (RF 48/25 25 de Noviembre de 2025 al 01 de Diciembre de 2025)

6 
Con efectos desde las fechas expuestas y avanzando en el objetivo de articular una solución que permita gestionar el sistema de información de la Dirección General de Tributos, mediante la puesta a disposición de los sistemas informáticos, de bases de datos, infraestructuras físicas y lógicas y de comunicaciones de la AEAT, para alojar y mantener en ellos dicho sistema de información, se establece expresamente la aplicación de la normativa por la que se rige a la AEAT a las actuaciones realizadas a través de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos de aplicación de los tributos cuya tramitación corresponda a la Dirección General de Tributos, en concreto:- acreditación de la representación, apoderamientos y su registro ante la AEAT, que pueden considerarse suficientes a los efectos del RGGI art.111.2;- régimen de notificaciones por medios electrónicos incluyendo el sistema de avisos; y- sellos electrónicos, código seguro de verificación y firma mediante código seguro de verificación.Asimismo, la Dirección General de Tributos debe ofrecer en su sede electrónica asociada, los siguientes documentos normalizados de uso voluntario:a) de presentación de consultas tributarias escritas con el contenido mínimo establecido para ello (nº 2936 Memento Procedimientos Tributarios 2026-2027). Este documento debe realizar validaciones de los datos introducidos para minimizar requerimientos y subsanaciones a los interesados;b) de representación voluntaria de los procedimientos administrativos de su competencia, en formato PDF para su descarga, cumplimentación y firma electrónicas o manuscrita.OM HAC/1358/2025, BOE 1-12-25

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).