La L Extremadura 11/2018 de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura deroga la anterior LOTEX y entra en vigor el 27-6-2019. El objeto de la norma es la ordenación territorial y urbanística de la utilización del suelo para su aprovechamiento racional, de acuerdo con su función social.
Se basa en los siguientes principios de actuación:
• El desarrollo sostenible, ambiental y económico de los municipios de Extremadura.
• El desarrollo racional y equilibrado de usos y actividades en el territorio que garantice el máximo aprovechamiento del suelo, la protección del medio ambiente y el patrimonio cultural.
• La cohesión social de Extremadura.
• La igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
• La garantía de que la actividad de ordenación territorial y urbanística se desarrolle conforme a las necesidades de la sociedad promoviendo una amplia y efectiva participación ciudadana y garantizando los derechos de información e iniciativa.
• Evitar la especulación del suelo garantizando su disponibilidad para usos urbanísticos.
La ordenación territorial es una función pública que comprende la planificación territorial, organización y regulación de la ocupación, transformación y utilización del suelo natural, y la planificación municipal, ordenación, ejecución, gestión de los planes, regulación y control de las edificaciones, usos y actividades.
Todas las competencias en materia de urbanismo y ordenación del territorio han de ejercerse en coordinación con las atribuidas para la gestión de otros intereses públicos.
Actualidad jurídica
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