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En materia de PRL se remite a la normativa general y a la relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos y químicos durante el trabajo (LPRL; RSP; RD 664/1997; RD 374/2001).Son responsables de controlar y prevenir la aparición y proliferación de la legionella las personas físicas o jurídicas titulares de las instalaciones que utilicen agua en las que pueda proliferar, aunque sean explotadas por otras, por medio de un plan de prevención y control o sanitario. Y son responsables de que se lleven a cabo correctamente las tareas para su prevención y control las empresas o entidades de servicios contratadas por el titular de la instalación a ese fin.Todo el personal propio o externo implicado en tales actividades ha de contar con la formación adecuada.La norma recoge las infracciones derivadas del incumplimiento de tales obligaciones, cuyas sanciones y procedimiento sancionador se remiten a la normativa administrativa y sanitaria general (L 39/2015; L 40/2015; L 33/2011 art.58 a 61).La nueva regulación deroga el RD 865/2003 y entra en vigor el 2-1-2023.RD 487/2022, BOE 22-6-22
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