7
Con efectos a partir del 1-1-2026, se aprueban los precios medios en el mercado y los valores resultantes para estimar el valor de determinados modelos de vehículos comerciales e industriales ligeros usados de hasta 3.500 Kg. de masa máxima autorizada, de los tractores con más de 12 años desde su primera matriculación y de los remolques agrícolas usados (Anexo I y II de la presente Orden), que no figuren en las tablas de precios medios aprobados por el Ministerio de Hacienda, a efectos de la liquidación de los hechos imponibles del ITP y AJD e ISD, que se devenguen en el año 2026. Estos precios medios aprobados pueden ser utilizados como medio de comprobación. Asimismo, estos valores pueden ser utilizados por los interesados a efectos de conocer el valor asignado por la Administración tributaria a determinados medios de transporte privados que vayan a ser adquiridos o transmitidos. Orden Extremadura 5-12-2025, DOE 18-12-25EDL 2025/23135
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios