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Con efectos a partir del 1-1-2023, se aprueban los precios medios en el mercado y los valores resultantes para estimar el valor real de los vehículos comerciales e industriales ligeros usados de hasta 3.500 kg. de masa máxima autorizada, de los quads usados, de los tractores con más de 12 años desde su primera matriculación y de los remolques agrícolas usados (Anexo I y II), que no figuren en las tablas de precios medios aprobados por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, a efectos de la liquidación de los hechos imponibles del ITP y AJD e ISD, que se devenguen en el año 2023.Estos precios medios aprobados pueden ser utilizados como medio de comprobación.Asimismo, estos valores pueden ser utilizados por los interesados a efectos de conocer el valor asignado por la Administración tributaria a determinados medios de transporte privados que vayan a ser adquiridos o transmitidos.Orden Extremadura 2-12-22EDL 2022/38887, DOE 12-12-22NOTA1) Las tablas recogidas en el Anexo I y II de la presente Orden sustituyen a las recogidas en la Orden Extremadura 1-12-21EDL 2021/44272 Anexo I, II y III.2) Estos valores estarán vigentes hasta la publicación de otros que los sustituyan.
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