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Pago parcial de una autoliquidación mediante transferencia bancaria (RF 06/25 04 de Febrero de 2025 al 10 de Febrero de 2025)

De acuerdo con la normativa vigente, es conforme a derecho que la entidad colaboradora rechace una transferencia cuando no coincide el importe de esta con el de la autoliquidación. No obstante, no se ajusta a la normativa que la AEAT no permita obtener una carta de pago por importe inferior al autoliquidado para hacer el correspondiente pago por transferencia.

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