De acuerdo con lo dispuesto en RDLeg 1/2001, RD 650/1987 y RD 125/2007 debe determinarse el ámbito territorial de los organismos de cuenca que configuran las confederaciones hidrográficas.
Los límites están determinados en la cartografía detallada establecida por el Ministerio para la Transición Ecológica en su nodo de la infraestructura de datos espaciales y disponible en la web de los Ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación y para la Transición Ecológica.
Todas las confederaciones hidrográficas quedan obligadas, desde 12-9-2018, a adaptar su cartografía.
NOTA
Queda derogada la OM ARM/3797/2008 que define la línea común de delimitación de los ámbitos territoriales de las Confederaciones hidrográficas del Guadiana y del Júcar en la zona comprendida entre los límites de los términos municipales de Casas de Haro y Pozoamargo (Cuenca) y entre Villarrobledo y Munera (Albacete).
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