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Tras la sentencia TS 11-12-19 EDJ 799245 y con efectos 1-11-2020, se establece la obligación de presentar una única autoliquidación acumulada a empresarios o profesionales, que recoja las operaciones continuadas de adquisición a particulares de cualquier tipo de bienes muebles, excepto medios de transporte usados, sujetas al ITP y AJD modalidad TPO. Esta autoliquidación única debe comprender todas las operaciones realizadas durante un mes natural, y debe ser presentada durante el mes natural inmediato posterior.DLeg Canarias 1/2009 art.39 septies redacc DL Canarias 18/2020 art.disp.final2ª, BOCANA 6-11-20
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