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Nuevo tipo reducido en el ITP y AJD en Cantabria

Con efectos a partir del 1-3-2017, se recoge una nuevo tipo reducido aplicable en la modalidad AJD del impuesto a las primeras copias de escrituras que documenten la adquisición o constitución de derechos reales sobre inmuebles destinados a usos productivos situados en polígonos industriales o parques empresariales desarrollados mediante actuaciones integradas o sistemáticas dentro de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que vayan a constituir el domicilio fiscal o centro de trabajo de una empresa. En concreto, cuando la empresa genere más de 100 empleos directos durante los dos primeros años de desarrollo de su actividad, el tipo de gravamen aplicable es del 0,1%, pudiendo la empresa autoliquidar a este tipo, previa presentación jurada señalando que se va a cumplir dicho requisito.
En caso de incumplimiento, la Administración Tributaria puede girar nueva liquidación, con el tipo de gravamen correspondiente, junto con los recargos, intereses y, en su caso, sanciones que procedan.

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