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Las medidas aprobadas son las siguientes:a) Pagos fraccionados en el IRPF. Se exime a los contribuyentes del IRPF de la obligación de realizar los pagos fraccionados del primer y segundo trimestre de 2021. En caso de autoliquidar esos pagos fraccionados de forma voluntaria, no cabe solicitar el aplazamiento o fraccionamiento del pago del importe correspondiente, ni se tiene derecho a solicitar su devolución posterior en concepto de devolución de ingresos indebidos.b) Medidas de apoyo a arrendamientos de locales en el IRPF, IS e IRNR (ver nº 741 Memento Fiscal Foral 2021).c)Deducción extraordinaria para la reanudación de actividades económicas en el IRPF, IS e IRNR (ver nº 1236 s. Memento Fiscal Foral 2021).DFN Gipuzkoa 2/2021EDL 2021/8128 art.1 a 3, BOTHG 24-3-21
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