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Con efectos a partir del 1-1-2023, se han aprobado una serie de novedades que afectan a la modalidad TPO del impuesto en el territorio de Castilla y León.En primer lugar y, en relación con los tipos de gravamen aplicables:a) Se reduce al 2% (con anterioridad, 3%) el tipo de gravamen reducido aplicable a las transmisiones de inmuebles que vayan a constituir la sede social o centro de trabajo de empresas o negocios profesionales.b) Se recoge como novedad la aplicación del tipo de gravamen del 4% en las transmisiones patrimoniales onerosas de explotaciones agrarias (siempre que se refieran a las recogidas en la L 19/1995 art.9, 10 y 11 y resulten aplicables las reducciones ahí contempladas), exigiéndose su mantenimiento durante los 5 años siguientes a la fecha de la escritura pública que documente la adquisición, salvo fallecimiento.En segundo lugar y, en relación con las bonificaciones en la cuota, se recoge una nueva bonificación del 100% aplicables a los arrendamientos de fincas rústicas, siempre que el arrendatario sea agricultor profesional y titular de una explotación agraria prioritaria a la que se afecten los elementos arrendados.DLeg Castilla y León 1/2013 art.25.6 y 7 y 27 bis redacc L Castilla y León 2/2022 art.1.4 a 6, BOCYL 12-12-22; L Castilla y León 2/2022 disp.final única, BOCYL 12-12-22
Actualidad jurídica
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