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Con los efectos indicados se permite aplicar una deducción en la cuota íntegra del 10% de las contribuciones empresariales realizadas a:- planes de pensiones de empleo;- planes de previsión social empresarial;- planes de pensiones regulados en la normativa comunitaria (Dir (UE) 2016/2341): y- mutualidades de previsión social que actúen como instrumento de previsión social.Para su aplicación deben cumplirse los siguientes requisitos:- la entidad debe ser el promotor;- la imputación de las contribuciones a favor de los trabajadores;- las retribuciones brutas anuales de los trabajadores deben ser inferiores a 27.000 euros. Si son superiores, la deducción se aplica sobre la parte proporcional de las contribuciones empresariales que se correspondan con 27.000 euros de la retribución bruta anual.LIS art.38 ter redacc L 12/2022 disp.final 5ª, BOE 1-7-22; L 12/2022 disp.final 8ª, BOE 1-7-22
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