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A los efectos del ILT, tributos derivados del REF de Canarias y la repercusión en el ILT, excepcionalmente, durante los años 2020 y 2021, el importe anual de las compras de las labores del tabaco fabricadas en Canarias no deberá ser inferior al 28% del total de sus compras de labores de tabaco efectuadas durante cada uno de esos años.Con efectos desde el día 1-10-2020, se prorroga hasta el día 31-12-2021 la autorización concedida a las tiendas libres de impuestos para efectuar ventas por comercio electrónico, excepto labores del tabaco, a particulares aunque no se trate de viajeros, y en el caso de mercancías perecederas, las referidas ventas podrán efectuarse en favor de otros empresarios o profesionales.Orden Canarias 23-4-2021EDL 2021/13603 disp.adic. única y disp. final única, BOCANA 30-4-21
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