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Se procede a la supresión del Impuesto sobre el almacenamiento o depósito de residuos en esta región, ya que se ha creado el Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos por la L 7/2022, cuyo hecho imponible coincide con el del impuesto regional citado. Por ello, se hace necesario proceder a la supresión del impuesto regional a partir del 1-1-2023, fecha prevista de entrada en vigor del Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos, en virtud de lo establecido en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas, LO 8/1980 art.6.DL Murcia 2/2022 art.4 y disp.final única, BORM 12-7-22
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